TUTELA DE DERECHOS

Si Ud. como trabajador ha sido lesionado en sus derechos fundamentales, solicite nuestra asesoría sin costo para Ud.

De las modificaciones contempladas por el nuevo Procedimiento Laboral, el establecimiento del nuevo procedimiento de Tutela de derechos fundamentales , es  el que mayores novedades genera en esta materia.

Este procedimiento está concebido para dar protección a los derechos fundamentales de los trabajadores , que tradicionalmente, se han encontrado consagrados en la Constitución Política del Estado y que hoy, a través de este procedimiento permite al trabajador recurrir ante la autoridad administrativa y judicial.

Este procedimiento se aplica respecto de cuestiones suscitadas :

  • DURANTE LA RELACIÓN LABORAL ; O
  •  CON OCASIÓN DEL DESPIDO

En ambos casos se debe haber afectado los derechos consagrados en la Constitución Política y siempre que éstos derechos se hubiesen lesionado por el ejercicio de las facultades del empleador.

“Se entenderá que los derechos o garantías resultan lesionados cuando el ejercicio de las facultades que la ley le reconoce al empleador limita el pleno ejercicio de aquéllas sin justificación suficiente, en forma arbitraria o desproporcionada, o sin respecto a su contenido esencial.

 

DERECHOS FUNDAMENTALES PROTEGIDOS.

Derechos consagrados en el art. 485 del Código del Trabajo

  • DERECHO A LA VIDA
  • INTEGRIDAD FISICA Y PSIQUICA, A LA INTIMIDAD Y RESPETO A LA VIDA PRIVADA
  •  DERECHO AL HONOR
  • INVIOLABILIDAD A TODAS LAS FORMAS DE COMUNICACION PRIVADA.
  • LIBERTAD DE CONCIENCIA, LA MANIFESTACION DE LAS CREENCIAS Y EL LIBRE EJERCICIO DE TODOS LOS CULTOS.
  • LIBERTAD DE EXPRESION, OPINION E INFORMACION SIN CENSURA PREVIA
  • LIBERTAD  DE TRABAJO Y CONTRATACION LABORAL

II.- DERECHO A LA NO DISCRIMINACION.  ART 2º C.D.T

III.- IGUALDAD DE REMUNERACIONES.

IV.-DESPIDO CON INFRACCION A LAS GARANTIAS FUNDAMENTALES.

V.- ART.2º DEL CODIGO DEL TRABAJO. GARANTIA DE INDEMNIDAD.