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El Congreso Nacional aprobó el proyecto
de ley que extiende el descanso postnatal para mujeres trabajadoras a seis
meses y permite traspasar al padre parte del tiempo de descanso, entre otros
beneficios.
¿Cuánto tiempo dura
ahora el descanso postnatal?
Doce semanas (tres meses) recibiendo un subsidio con tope de
66 UF, menos descuentos legales, más doce semanas de un nuevo permiso
postnatal parental, en idénticas condiciones que el anterior, con
lo que la trabajadora puede acceder a un permiso pagado de 24 semanas (seis
meses).
En el periodo posnatal parental, la trabajadora puede elegir volver a su
trabajo por media jornada, con lo que su extensión será de 18 semanas (cuatro meses
y medio), pero recibiendo la mitad del subsidio que le corresponda.
En resumen, el actual postnatal de 12 semanas se extiende por 12 semanas más,
mediante el denominado permiso posnatal parental, entregado a la madre
trabajadora con derecho a un subsidio de máximo 66 UF.
¿ parte del permiso
se le puede traspasar al padre?
Si ambos padres son trabajadores, la madre puede elegir
traspasar semanas de este permiso al padre:
Si la madre decide tomarse 12 semanas a
jornada completa, puede traspasar un máximo de seis semanas al padre a jornada
completa.
Si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un
máximo de 12 semanas en media jornada.
En ambos casos las semanas utilizadas por el padre deberán
ubicarse en el periodo final del permiso, y dan derecho a un subsidio cuya base
de cálculo es su remuneración. Se aplican los mismos topes.
El padre tendrá derecho a fuero por el doble del periodo que se tome a jornada
completa o a un máximo de tres meses si lo utiliza a jornada parcial, contados
desde diez días antes de iniciarse el permiso.
Si el padre va a hacer uso del permiso, debe avisar con al menos diez días de
anticipación a su empleador, al empleador de la madre y a la Inspección del
Trabajo.
Tenga en cuenta que el permiso pagado de cinco días para el padre al momento de
nacer su hijo sigue vigente.
¿Hay que hacer algún
procedimiento especial si quiero volver a trabajar por media jornada durante el
permiso parental?
Sí, la madre trabajadora debe avisar a su empleador,
mediante carta certificada con copia a la Inspección del Trabajo, al menos 30
días antes de que termine su postnatal (si no hace esto, deberá tomar
el descanso postnatal parental de 12 semanas completas).
El empleador estará obligado a acceder a su petición, salvo que la naturaleza
de su trabajo exija que deba hacerse a jornada completa (o la jornada que la
trabajadora tenía antes del descanso prenatal). En este último caso el
empleador puede negarse a reincorporarla, en forma fundada, y avisar (dentro de
los tres días de recibida la comunicación de la trabajadora) por carta
certificada a la trabajadora, con copia a la Inspección del Trabajo. La
trabajadora tendrá derecho a reclamar por esta negativa ante la Inspección del
Trabajo, quien decidirá si se justifica o no.
¿Se aplica al caso de adopción?
Sí, en caso de la adopción de un menor mayor de seis meses y menor de 18 años
tendrá derecho al descanso postnatal parental, con el correspondiente subsidio,
y si el niño adoptado es menor de seis meses gozarán tanto del periodo de
postnatal como del nuevo periodo de postnatal parental, de acuerdo a las normas
generales.
¿Qué pasa en caso de
niños prematuros o partos múltiples?
Si el niño o niña nace antes de la semana 33 de gestación, o
si nace pesando menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal será de 18
semanas.
En caso de partos múltiples, el descanso se extiende siete días por cada niño a
partir del segundo.
Si ocurren estas dos circunstancias simultáneamente, el descanso será el de
mayor duración.
¿Qué ocurre con el fuero
maternal?
Se mantiene para la madre por todo su embarazo y hasta un
año después de los primeros tres meses de permiso postnatal.
El padre también tendrá derecho a fuero por el doble de tiempo que dure su
descanso parental (si es que la madre eligió traspasarle semanas a él), desde
diez días antes de iniciarlo y por un máximo de tres meses si optó por la
jornada parcial.
¿Qué pasa con las
mujeres que tienen trabajo esporádico (como por ejemplo temporeras)?
A partir del 1 de enero de 2013
las mujeres que no tengan un contrato de trabajo vigente al momento de empezar
el prenatal tendrán derecho al subsidio por maternidad, siempre que cumplan
todos estos requisitos:
Tener 12 o más meses de afiliación en una AFP al inicio del embarazo.
Tener ocho o más cotizaciones, continuas o discontinuas, en calidad de
trabajadora dependiente, dentro de los últimos 24 meses calendario
inmediatamente anteriores al inicio del embarazo.
Qque la última cotización más cercana al mes anterior al
embarazo se haya registrado por un contrato de trabajo a plazo fijo, o por
obra, servicio o faena.
El subsidio se otorgará hasta por un máximo de 30 semanas,
desde la sexta semana anterior al parto. Si el parto ocurre desde la semana 34
de gestación, la duración del subsidio se reducirá en el número de días o
semanas en que se haya adelantado el parto. Pero si el niño nace prematuro o
con menos de 1.500 gramos de peso, el subsidio será de 30 semanas. Se aplica la
misma regla que las trabajadoras dependientes en caso de partos múltiples.
Durante las doce últimas semanas de subsidio las
beneficiarias podrán trabajar sin perder este beneficio.
¿De cuánto es el
subsidio para estas trabajadoras?
Se calcula sobre la base de la suma de las remuneraciones
mensuales netas recibidas por la mujer en los 24 meses calendario
inmediatamente anteriores al inicio del embarazo, dividida por 24. El monto
diario del subsidio será la cifra obtenida, dividida por 30. El monto no podrá
ser inferior a medio ingreso mínimo mensual y tendrá un tope de 66 UF.
¿Las trabajadoras independientes también
son beneficiadas?
Sí, los trabajadores independientes tienen derecho al descanso parental, que
puede ser de 12 semanas recibiendo subsidio total, o por 18 semanas recibiendo
la mitad del subsidio y alguna otra renta o remuneración que puedan percibir.
Para acceder a los beneficios deberán tener 12 meses de
afiliación previsional, seis cotizaciones (continuas o discontinuas) en los 12
meses anteriores al inicio de la licencia y que hayan pagado la cotización del
mes anterior a la licencia.
Esto incluye a todo tipo de trabajadoras independientes: a honorarios, cuenta
propia, feriantes, etc.
¿Los funcionarios públicos también son
beneficiados?
Sí, tienen derecho al permiso parental y a su correspondiente subsidio.
El nuevo permiso postnatal parental se aplicará para las funcionarias públicas
por las mismas reglas que las trabajadoras del sector privado, es decir:
· Doce semanas a jornada completa, con un subsidio estatal con un tope de
66 UF.
· Dieciocho semanas a media jornada, recibiendo la mitad del subsidio.
Sin embargo, las o los funcionarios que laboren en zonas extremas seguirán
recibiendo su asignación de zona, así como las bonificaciones especiales que
benefician a las zonas extremas de nuestro país. El pago de estas
remuneraciones corresponderá al servicio o institución empleadora
¿Qué pasa si entra en vigencia esta ley y
yo ya estoy en mi postnatal?
Las mujeres que estén haciendo uso de su pre o postnatal a la fecha de entrada
en vigencia de la ley, podrán ejercer su derecho a permiso postnatal parental,
incluso si han retomado sus labores y el hijo tiene menos de 24 semanas (seis
meses).
En este caso, pueden retomar el descanso en cualquiera de las dos modalidades
(jornada completa o media jornada) avisando al empleador con cinco días de
anticipación.
Las normas respecto de prematuros y partos múltiples se aplicarán también a
quienes estén haciendo uso de postnatal.
En el caso quienes adopten niños menores de seis meses,
podrán hacer uso del permiso postnatal parental.
Quienes estén haciendo uso de licencia por enfermedad grave del hijo menor de
un año, y el hijo tiene menos de 24 semanas, podrán seguir haciendo uso de la
licencia y una vez terminada podrán ejercer el postnatal parental.
FUNTE : EL CONGRESO
Ultima actualización ( Sábado 15 de Octubre de 2011 19:43 )
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